A partir de esta fecha nos cambiamos de servidor para complementar nuestra página Web
Date de alta y sigue nuestras publicaciones en: Grupo CRUSAN
¡Gracias!
A partir de esta fecha nos cambiamos de servidor para complementar nuestra página Web
Date de alta y sigue nuestras publicaciones en: Grupo CRUSAN
¡Gracias!
Su importador puede requerir su
Plan de inocuidad alimentaria HARPC en inglés. |
Servicio In-Bond con recolección en Canadá o USA y entrega para su despacho Aduanal en Cd. de México (AICM) o Aeropuerto Internacional de la Cd. de Cancún, Q. Roo
Soluciones flexibles para la logística del frío, farmacia y productos biomédicos a temperatura controlada.
Los contenedores de refrigeración a compresor son la solución flexible y cómoda para los profesionales que deben de transportar productos perecederos a bordo de automóviles o camionetas estándar y a la vez para mantener los estándares de salud y seguridad.
Su proceso de instalación no es nada complicado, basta con subirlos a la unidad y conectarlos al sistema eléctrico, basta con conectarlos a la batería del coche, encendedor o toma de corriente adicional.
Adicional a ello, el equipo trabaja con 12/24 V DC o 110/240 V AC y que incluso puede trabajar en el andén, bodega u oficina.
Su diversidad de tamaños van desde los de capacidad de 22 lts. a 915 lts.
Son fabricados para ser usados en movimiento, son más fáciles de limpiar que un refrigerador doméstico, son higiénicos ya que al traer bordes redondeados no existen esquinas facilitando la limpieza e higiene.
Cuando no requiera de mover carga refrigerada, baja los equipos dela unidad y sigue ocupando su camión o camioneta sin tener paradas sus unidades.
En la siguiente liga encontrará mayor información de las Unidades Frías, que estamos ofreciendo, estamos convencidos de que son la solución para no romper la cadena de frío, la versatilidad que se puede obtener en un transporte es tan amplia como el poder transportar en una camioneta, camión, etc mercancía con necesidades diferentes de temperatura, p. ej. Seco, Refrigerado, Congelado
ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 87 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 22 de febrero de 2017.
RESOLUCIÓN que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua y su Anexo 1.
ÍNDICE nacional de precios al consumidor.
Para salir adelante se requiere,
– Ganas de triunfar.
– Sin pretextos.
– Innovar.
– Arma un equipo.
– Construye tú propia Marca.
– Aprende a venderte y a delegar.
#SomosGrupoCRUSAN
ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 8 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, adoptada el 24 de enero de 2017.
Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 9 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, adoptada el 24 de enero de 2017.
Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 86 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 6 de febrero de 2017.
ACUERDO por el que se dan a conocer los cupos para importar carne de res y arroz.
RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco eléctrico originarias de la República Popular China y del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cuando estas últimas sean procedentes de la empresa UkCarbon and Graphite, CO. LTD. y los electrodos sean elaborados con barras de grafito originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
AVISO por el que se da a conocer la entrada en vigor entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Chile y Colombia de la Decisión No. 1 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, adoptada el 30 de junio de 2016.